La baja por maternidad

La baja por maternidad en España comprende 16 semanas de descanso -lejos estamos de las 68 semanas de Suecia– durante las cuales los padres trabajadores pueden dedicarse a recuperarse del parto (las mamás) y cuidar al pequeño, cobrando lo mismo que si estuvieran trabajando (con algunas excepciones).

La baja por maternidad se puede distribuir de diferentes maneras. 6 de las 16 semanas debe disfrutarlas obligatoriamente la madre tras dar a luz (a menos que se trate de una adopción, donde se puede elegir cómo distribuir las 16 semanas). Las otras 10 puedes cogerlas antes o después del parto, repartirlas con el padre o incluso tomarlas a tiempo parcial (20 semanas trabajando la mitad de horas, por ejemplo), si esa opción viene establecida en tu convenio.

¿Quieres saber cómo solicitar la baja por maternidad?

La baja por maternidad da derecho a una prestación económica equivalente al sueldo habitual, pero que en vez de ser pagado por la empresa es pagado por la Seguridad Social. Aunque hay casos en los que lo que se cobra es inferior, como por ejemplo, cuando se pide una baja por riesgo en el embarazo anterior al parto.

Por otro lado, recuerda que durante los meses de baja no se te retienen impuestos (a menos que tú lo pidas previamente), pero ese dinero lo tendrás que pagar en tu declaración de la renta.

Para poder solicitar la baja por maternidad debes estar afiliada a la Seguridad Social y haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en el total de tu vida laboral.

Una vez que des a luz, debes acudir a un médico de la Seguridad Social para que te de la baja por maternidad. Después, en el Instituto de la Seguridad Social que te corresponda, debes entregar ese papel, otro sellado por tu empresa, el certificado de nacimiento del bebé que te hayan dado en la clínica, el DNI, el NIF, la tarjeta de la Seguridad Social, el libro de familia actualizado con los datos del bebé, las últimas nóminas, una copia de la última Declaración de Hacienda, una copia del número de cuenta donde deseas que te realicen el ingreso de la nómina y el impreso de solicitud.

Los trámites puedes realizarlos tú directamente, pero también cualquier otra persona a la que hayas dado permiso para hacerlo.

Por último, aunque lo habitual es tener derecho a 16 semanas, en el caso de embarazo múltiple se podrá disfrutar de dos semanas más por cada niño «extra». 18 semanas si has tenido gemelos, y 20 si has tenido trillizos. También contarán con dos semanas adicionales los padres de bebés con discapacidad.

Si el parto es prematuro, podrás retrasar el momento en el que te tomas las 10 semanas a cuando a tu hijo le den el alta en el hospital.